lunes, 19 de septiembre de 2016

ARTICULO 58 Y 108


Artículo 58. La comunicación es libre y plural y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.
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ARTICULO 2, 6, 7


Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
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EL PROYECTO DEMOCRATICO Y LA REALIDAD SOCIOPOLITICA


EL GOBIERNO DE HUGO CHÁVEZ.

     Fue electo en 1998 por los partidos: Movimiento V República (MVR), Causa R, MAS, PPT, y otros partidos.
     Durante la campaña electoral el actual presidente insistió en la necesidad de promulgar una nueva constitución nacional. El pueblo así lo entendió y le concedió un amplio apoyo absoluto al elegir las personas que integrarían la Asamblea Nacional Constituyente, como cuyo objetivo era redactar la nueva constitución.
     El nuevo texto constitucional se ratificó mediante un referéndum celebrado el 15 de diciembre de 1999. El 30 de julio del 2000 es llamado nuevamente el pueblo para una consulta electoral y Hugo Chávez Frías resulto elegido de nuevo para un período de 6 años. 
PROCESO POLÍTICO.
·         Gobierno de democracia participativa (realización de dos referéndum)
·         Promulgo la constitución de 1999 en la cual se elevo el período presidencial a 6 años y se permite la reelección inmediata. Fue ratificado en julio del 2000 como presidente de la República.
·         Varias marchas y concentraciones tanto de la oposición como del oficialismo. Sucesos que conmocionaron al país: como los asesinatos de “Puente LLaguno” (11/04/2002), en la Plaza Francia Altamira (06/12/2002) y Paseo los Ilustres (03/01/2003).
·         Un gran sector de la población se plegó al paro nacional convocado por FEDECAMARA y la CTV desde el 2/12/2002, al cual se unieron los trabajadores de PDVSA, hasta comienzo del 2003.
·         En el 2003, se solicita la activación de un nuevo mecanismo constitucional para la revocatoria del mandato de funcionarios públicos electos popularmente.
·         La moneda sufrió una fuerte devaluación. Se estableció un control cambiario regulado por la comisión de administración de divisas (CADIVI).

SUCESOS DE 11 DE ABRIL DE 2002

     Luego de una marcha organizada por sectores opuesto al gobierno y la muerte de varias personas en la calle cerca del palacio de Miraflores, un grupo de militares y civiles depusieron al presidente Hugo Chávez e instauraron un gobierno que se autodenomino de transición, presidido por Pedro Carmona Estanga. Los poderes públicos fueron disueltos y los gobernadores y alcaldes de país fueron destituidos. Finalmente, otro grupo de militares y civiles exigió el respeto a las instituciones y a la constitución. Carmona dejo el poder y Hugo Chávez reasumió la presidencia de la República
EL NEOLIBERALISMO COMO IDEOLOGÍA.
     El modo más sutil que puede arbitrar una ideología para imponerse y perdurar es proclamar la muerte de las ideologías y mostrarse bajo otro semblante. Por ejemplo, la ciencia es lo que sucedió por casi un siglo con el positivismo. La ciencia positiva hace las veces de la política, la filosofía y la tecnología, siempre como evidencia apodíctica y sagrada.
     Eso pasa hoy con el neoliberalismo. Es un modo de practicar la economía política que está alcanzando vigencia planetaria. Pero el que esta práctica haya logrado imponerse no significa la convalidación de sus postulados; solo atestigua la contundencia de los medios (tanto políticos como económicos).
Se han demostrado que los organismos de decisión política o administrativa no obedecen al tipo de comportamiento al puesto que postuló, con cierta ingenuidad, el intervencionismo económico del siglo XX.
EL NEOLIBERALISMO COMO IDEOLOGÍA POLÍTICO.
     El postulado principal del neoliberalismo es que la competencia pone a funcionar hasta el tope las energías latentes en los individuos que conforman el todo social. Y así la extrema movilidad que se genera, tras una etapa dolorosa de ajustes, provoca una necesidad de bienestar. El estado no puede sobreproteger el pueblo.
EL NEOLIBERALISMO COMO PROPUESTA ECONÓMICA.
     El neoliberales es una óptima filosofía que tiene ramificaciones en todos los campos de las ciencias sociales los neoliberales se dedican a ensalzar la competencia capitalista, afirmando que el mecanismo de esta ultima garantiza automáticamente las mejores condiciones para la evolución de las fuerzas productivas.
     Una peculiaridad del neoliberalismo es que combina la exaltación de la libre competencia y de la restauración automática del equilibrio con el reconocimiento de la necesidad de la intromisión del estado en la economía.
La argumentación del neoliberalismo es que la libre competencia es el estado ideal de la economía, pero no siempre puede ponerse en vigor, porque los monopolios la contrarrestan.

CARACTERÍSTICAS DEL NEOLIBERALISMO ECONÓMICO.
Según el escritor venezolano Fernando Salas Falcón:
·         Defiende un mercado alternativo competitivo.
·         Acepta la introducción del estado en la economía, como arbitro o promover de la libre competencia.
·         Se opone al acaparamiento y a la especulación.
·         Se opone a la formación del monopolio y oligopolios.
·         Se oponen a la fijación compulsiva de salarios por el estado.
·         Se opone a la creación compulsiva de empleo.
·         Se opone al gasto público democrático.
·         Defiende el libre comercio internacional.

LA REVOLUCIÓN SOCIAL.
Un compromiso de todos para combatir la pobreza, la inseguridad:

·         Educación para ciudadanía y la producción.
·         Formar un ciudadano sano y eficiente protegido.
·         Trabajar por una vivienda y un hábitat digno para todos.
·         Luchar por la equidad y la dignidad de todos los venezolanos.

LA REVOLUCIÓN ECONÓMICA.
Confianza, estabilidad, crecimiento económico y empleo.

·         Estabilidad, prosperidad y empleo.
·         La difícil coyuntura económica actual: punto de partida de grandes cambios:
Lineamientos de política macroeconómica.
La reactivación económica y las políticas sectoriales.
Política industrial y comercio exterior.
Industria petrolera y política energética.
El papel del sector construcción.

Energía eléctrica.

LA COMUNICACIÓN Y LA EQUIDAD


COMUNIDAD
Una descripción sociológica
Un activista, animador o cooperante es una persona que intenta poner en movimiento una comunidad.


NATURALEZA DE LAS COMUNIDADES
Primero, reparemos en que «comunidad» es un modelo, un patrón. No es posible ver una comunidad, o tocarla, o apreciarla directamente con los sentidos. Al igual que una «colina» o un «copo de nieve», una comunidad puede tener diferentes formas, tamaños, aspectos o ubicaciones, no hay dos iguales. Y aún más importante, una comunidad no es sólo la gente que la compone.
Generalmente, una comunidad ya existía antes de que naciera ninguno de sus residentes actuales, y lo normal es que siga existiendo cuando hayan desaparecido. Es algo que va más allá de sus componentes, los residentes o miembros de esa comunidad.
En una comunidad puede haber miembros que se hayan trasladado temporalmente a otros lugares. Quizá en algún momento quieran regresar, pero no todos lo hacen. Hay «comunidades» que, en algunos sentidos, ni siquiera tienen una ubicación física, sino que están demarcadas por ser un grupo de personas con intereses comunes.
No obstante, en el material de adiestramiento que presentamos, la «comunidad» objeto de atención de un activista es habitualmente un grupo en una situación geográfica concreta.

UMA COMUNIDAD ES UN MODELO SOCIOLOGICO
El concepto de comunidad no es sólo un «modelo» (patrón), es un «modelo sociológico». Es un conjunto de interacciones, comportamientos humanos que tienen un sentido, y espectativas entre sus miembros. No sólo acciones, sino acciones basadas en esperanzas, valores, creencias y significados compartidos entre personas.
Para comprender cómo opera una comunidad, y cómo cambia, es necesario aprender un poco de sociología.
El activista es un científico práctico, un sociólogo. Mientras que un científico teórico se interesa en cómo funcionan las cosas, el científico práctico se interesa en utilizar ese conocimiento y obtener resultados útiles.

UNA COMUNIDAD TIENE VINCULOS CONFUSOS
Cuando la comunidad en concreto es un pueblecito, separado por unos kilómetros de otros pueblos en una zona rural, sus vínculos parecen simples a primera vista. Puede parecer que este patrón de interacción humana sólo consiste en los residentes de esa zona, de ese pueblo. Pero los residentes interactúan también con gente de fuera del pueblo. Se casan con personas de otros sitios, y pueden trasladarse o traer a la esposa a vivir con ellos. Al cabo de un tiempo, los residentes de ese pueblo tendrán hermanas, hermanos, primos, padres y otros parientes viviendo en otra parte.

Pueden darse comunidades dentro de comunidades mayores, como provincias, regiones, grupos étnicos, países y otros tipos. Puede haber matrimonios y otras interacciones que relacionen pueblos en ambos extremos de un país.

Es más, cuando la tecnología no se basa en la agricultura local, los residentes de una comunidad pueden ser físicamente móviles. Puede tratarse de pastores nómadas que recorren grandes distancias con su ganado. Pueden ser grupos de pescadores que se trasladan de vez en cuando a donde se encuentra el pescado. Pueden ser cazadores que cambian de lugar siguiendo a las manadas..

En áreas urbanas, una comunidad puede ser un pequeño grupo de varios hogares de gente con un origen común. A su vez, esa comunidad puede formar parte de una comunidad de vecinos, un barrio o cualquier otra división urbana local. Según los vínculos se hagan más amplios, habrá una mayor heterogeneidad (diferencias de origen, idioma, religión y otros rasgos que conforman una identidad común). A su vez, formará parte de una municipalidad, que a su vez pertenecerá a la aglomeración que compone una ciudad mayor. En general (con excepciones), una comunidad urbana tiene vínculos más imprecisos, es más difícil de delimitar, es más heterogénea (variada, mixta), más compleja, más difícil de organizar utilizando métodos ordinarios de desarrollo de comunidades, y tiene metas más complejas y sofisticadas que las comunidades rurales.
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     La equidad viene del latín aequitas, de aequus, igual. Tienen una connotación de justicia e igualdad social con responsabilidad y valoración de la individualidad, llegando a un equilibrio entre las dos cosas, la equidad es lo justo en plenitud. Dentro de un contexto similar puede significar también:

·  Propiedad por la que la prosperidad económica se distribuye equitativamente entre los miembros de la sociedad.
·  (Del lat. aéquitas, atis.) f. Ecuanimidad. Propensión a juzgar con imparcialidad y de acuerdo con la razón. Moderación en los contratos o en el precio de las cosas.
     La equidad debe darse en los siguientes ambitos: laboral, étnico, social, y de género.
En palabras de Aristóteles, la equidad es la Justicia aplicada al caso concreto.

     El principio de equidad es un Principio General del Derecho. El artículo 3.2 del Código civil de España establece que "La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita".
     Constituye uno de los postulados básicos de tales Principios Generales del Derecho y nos indica que está íntimamente ligada a la justicia, no pudiendo entenderse sin ella. Tanto es así que Aristóteles consideraba lo equitativo y lo justo como una misma cosa; pero para él, aún siendo ambos buenos, la diferencia existente entre ellos es que lo equitativo es mejor aún.
     De tal forma citando el Real Diccionario de la Lengua Española, la equidad es contemplada como la "bondadosa templanza habitual; propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley"; a su vez se define como "justicia natural por oposición a la letra de la ley positiva". Por lo tanto dentro de la definición de éste principio encontramos referencias a lo justo, a la justicia. Sin embargo justicia y equidad son conceptos distintos.

     La justicia es universal, pero no siempre puede tener en cuenta los casos concretos en su aplicación, tomando como referencia la ley como medida de la justicia, la equidad estaría ahí, para corregir la omisión o el error producido o la aplicación rigorista de la misma. Con lo la equidad también es lo justo, y ambas, equidad y justicia, no son incompatibles sino que se complementan.

DERECHO A LA INFORMACION


     Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.
     Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades (Artículo 57 de la CRBV).
     La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral (Artículo 58 de la CRBV).
     El tema de la libertad de expresión y del derecho a la información ha sido de amplia discusión desde antes de la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El debate sobre su vigencia y los mecanismos para su efectiva satisfacción, se ha convertido en un reto para el Poder Público nacional y la sociedad civil. Esta discusión ha trascendido a instancias internacionales tales como: Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de Estados Americanos.
     La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, describe en artículos distintos y trata como derechos diferentes, los temas de la libertad de expresión y la información. El derecho a la libertad de expresión (artículo 57) norma la facultad de quien emite opiniones e informaciones, otorgándole el derecho a expresarse libremente por cualquier medio sin censura; mientras que el derecho a la información (artículo 58), se establece desde la perspectiva de quien recibe la información, la cual señala debe ser oportuna, veraz, imparcial y sin censura. Adicionalmente, el artículo 58 consagra el derecho a réplica.
     Aquí estriba en parte la discusión sobre los hechos ocurridos los días 11 al 14 de abril, pues se trata de establecer un equilibrio entre la libertad de difundir informaciones y opiniones, así como el derecho a recibir información oportuna, imparcial y veraz.

     La libertad de expresión es una condición sine qua non de la sociedad democrática. La ausencia de garantías suficientes para que los periodistas puedan desempeñarse profesionalmente, en libertad y con independencia, debe considerarse un atentado contra la democracia. Una sociedad que no está informada no es plenamente libre. La ausencia de una comunicación libre y plural, de espacios donde puedan expresarse libremente todas las voces -sin distingo de raza, sexo, religión, condición social u opinión política-, representa un serio riesgo para la consolidación de una sociedad democrática.

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA


     Es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa. La democracia participativa permite una participación ciudadana mayor que en democracia representativa pero menor que en la llamada democracia directa.

      Puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a la ciudadanía su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. En la actualidad se manifiesta usualmente por medio de una diversidad de mecanismos, como presupuestos participativos, consejos vecinales o comunales o consultas populares. En una etapa más avanzada, el proyecto fundamental de la democracia participativa es la creación de un mecanismo de deliberaciones mediante el cual el pueblo, con su propia participación, esté habilitado para manifestarse por igual con puntos de vista tanto mayoritarios como minoritarios ... Sin negar que todo sistema democrático eventualmente ha de descansar en decisiones mayoritarias, los mecanismos o instituciones de participación tienen el propósito de hacer hincapié en el pleno respeto a las minorías, sus opiniones y su amplia manifestación a través de un mecanismo participativo e institucionalizado.

domingo, 18 de septiembre de 2016

DEMOCRACIA FORMAL Y PROFUNDA

DEMOCRACIA FORMAL

     Se denomina democracia formal aquél sistema político donde las normas constitucionales han previsto una separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto.
     En un sentido peyorativo se asimila a los Estados en los que las normas constitucionales reflejan este sistema jurídico pero en la práctica es vulnerado.
     Existen dos conceptos que, particularmente, considero indispensables en el ejercicio de dichas libertades:
·         La existencia de distintas opciones para elegir.
·         La formación y la información disponibles para llevar a cabo tal elección

DEMOCRACIA PROFUNDA
     Será aquella que no solo haga y mantenga los hombres y mujeres libres, si no (y también), iguales. Es más,  creo que únicamente en la profundidad de la democracia se pueden hallar formulas de equidad razonables,  de  igualdad, eso sí, ni uniforme ni forzada.
     La democracia, como una propiedad (característica) de los sistemas sociales, avanzados puede concebirse en tres dimensiones:
·         La social, entendida como la calidad de vida material.
·         La formal, entendida como la existencia de determinadas reglas generales de poderes, derechos y obligaciones de las diversas instituciones y entidades que componen el sistema social.

·         La participativa, entendida como la decisión real de los asuntos públicos trascendentales por parte de las mayorías de la sociedad, con la debida protección de las minorías. En el lenguaje de las ciencias naturales podríamos entender a las tres dimensiones como magnitudes que caracterizan a la propiedad "democracia".